Disposición adicional sexta. Pago de indemnizaciones.
Disposición adicional sexta de la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe. · BOE-A-2007-4461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-04.
Texto consolidado
Las Administraciones públicas asumirán el pago de las indemnizaciones por las limitaciones en los bienes y derechos patrimoniales legítimos establecidas en el Parque Nacional de Monfragüe. Corresponderá al Organismo Autónomo Parques Nacionales el pago de aquellas que deriven de la legislación básica en la materia o del Plan Director de la Red de Parques Nacionales. Corresponderá a la Junta de Extremadura el pago de las limitaciones restantes, en particular las derivadas del Plan Rector de Uso y Gestión.