Disposición adicional séptima. Transferencia de fondos.
Disposición adicional séptima del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. · BOE-A-2021-3946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-13.
Texto consolidado
Por Acuerdo del Consejo de Ministros, podrá determinarse la transferencia de crédito entre los fondos recogidos en los Títulos I y II de este Real Decreto-ley. A la citada transferencia de crédito no le resultarán de aplicación las limitaciones recogidas en el artículo 52.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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