Disposición adicional séptima. Atribución de competencias en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Disposición adicional séptima del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2011-20644
Atención: Real Decreto 1887/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las competencias hasta ahora atribuidas a la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales o delegadas en la misma serán ejercidas por la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.