Disposición adicional séptima. Programa general de comprobación.
Disposición adicional séptima de la Ley Foral 14/2013, de 17 de abril, de Medidas contra el fraude fiscal. · BOE-A-2013-5623
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-30.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley Foral, el Gobierno de Navarra establecerá reglamentariamente un Programa General de comprobación de empresarios, profesionales y sociedades mercantiles con actividades dirigidas a consumidores finales, que declaren ingresos inferiores a un determinado margen sobre sus compras declaradas.