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Ley Vigente

Disposición adicional séptima. Informes preceptivos.

Disposición adicional séptima de la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia. · BOE-A-2013-7911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Texto consolidado

Los procedimientos que incoen los departamentos de la Xunta de Galicia y los demás entes públicos y privados dependientes o vinculados a ella, relativos a la elaboración de disposiciones de carácter general, convocatorias de ayudas o subvenciones e instrumentación de aportaciones económicas e inversiones, cualquiera que sea la figura jurídica que adopten, en las que sean destinatarias, beneficiadas o parte interesada las universidades del SUG, fundaciones, sociedades o entidades dependientes de las mismas, deberán contar con el informe preceptivo del departamento competente en materia de universidades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

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