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Ley Vigente

Disposición adicional séptima. Fundaciones vinculadas a los partidos políticos.

Disposición adicional séptima de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. · BOE-A-2002-25180

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

Texto consolidado

Las fundaciones vinculadas a los partidos políticos se regirán por lo dispuesto en la presente Ley, y sus recursos podrán proceder de la financiación pública a través de los presupuestos de las distintas Administraciones públicas en los términos establecidos en la legislación presupuestaria aplicable y, en su caso, mediante las correspondientes convocatorias públicas.

Redactado el título conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 92, de 17 de abril de 2003. Ref. BOE-A-2003-8035

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

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