Disposición adicional séptima. Extinción de las encomiendas de EMCANTA.
Disposición adicional séptima de la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2012-7709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-02.
Texto consolidado
A la entrada en vigor de esta Ley, todas las encomiendas vigentes realizadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a la Empresa Cántabra para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías en la Administración, S.L. (EMCANTA, S.L.) se extinguirán. La Consejería, Organismo o Entidad de Derecho Público que las formalizó se subrogará en todos los contratos adjudicados a terceros durante la ejecución de la misma.
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- Ver la norma completa: Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.