Disposición adicional séptima. Transformación de entidades deportivas.
Disposición adicional séptima de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
1. Los clubes deportivos elementales o básicos pasarán a considerarse clubes deportivos, quedando sujetos al régimen establecido en esta ley a partir del día siguiente al de su entrada en vigor.
2. Los entes de promoción deportiva y las agrupaciones de clubes deportivos perderán su condición de entidad deportiva, sin perjuicio de su subsistencia como asociación de régimen común cuando así lo decidan sus socios.