Disposición adicional séptima. Centros con autonomía de gestión económica.
Disposición adicional séptima de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. · BOE-A-2007-3825
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
Corresponde al Gobierno determinar los centros que gozarán de autonomía en su gestión económica y establecer, con sujeción a los principios y criterios generales de esta Ley, el régimen de gestión económica aplicable a los mismos.