El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Disposición adicional séptima. Red Ferroviaria Vasca.

Disposición adicional séptima del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi. · BOPV-p-2008-90003

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-23.

Texto consolidado

La aplicación de la presente ley al ente público Red Ferroviaria Vasca se realizará sin perjuicio de lo establecido en la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca.

Los negocios jurídicos derivados de actuaciones realizadas por los órganos del ente sobre bienes o derechos cuya titularidad, conforme a lo establecido en el artículo 6 de esta ley, corresponda o haya de corresponder a la Administración general de la Comunidad Autónoma, se formalizarán e inscribirán a nombre de la Administración general de la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-23.

Más artículos de Decreto Legislativo 2/2007

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 2/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.