Disposición adicional segunda. Funciones de la Abogacía del Estado.
Disposición adicional segunda de la Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector de 29 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la Instrucción de organización interna y servicios. · BOE-A-2022-845
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-01.
Texto consolidado
Las funciones de asistencia y asesoramiento jurídico asignadas al Servicio Jurídico integrado en la Secretaría General se entenderán sin perjuicio de las que, en virtud de convenio, puedan asignarse a la Abogacía del Estado.
Se modifica por el apartado 19 del Anexo del Acuerdo del Consejo Rector publicado por Resolución de 18 de noviembre de 2025. Ref. BOE-A-2025-24339
Redacciones de este artículo
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