Disposición adicional segunda. Contratos anteriores.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 989/2008, de 13 de junio, por el que se regula la contratación excepcional de profesores colaboradores. · BOE-A-2008-11108
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-02.
Texto consolidado
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, quienes estuvieren contratados como profesoras y profesores colaboradores con arreglo a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrán continuar en el desempeño de sus funciones docentes e investigadoras.