Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 926/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. · BOE-A-1989-17836
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-28.
Texto consolidado
Los funcionarios de la Administración Civil del Estado y de sus Organismos Autónomos que, a la entrada en vigor del presente Real Decreto, estén destinados en la actual Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ocuparán sus puestos de trabajo que en el nuevo Organismo de cuenca se les asigne, respetando la naturaleza de sus funciones y sus correspondientes niveles retributivos.