Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local. · BOE-A-1986-10798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-04.
Texto consolidado
Las retribuciones básicas de los funcionarios de la Policía Municipal y del Servicio de Extinción de Incendios serán las que legalmente correspondan conforme a las siguientes equivalencias:
Grupos
Inspector, Subinspector y Oficial
A
Suboficial y Sargento
C
Cabo, Guardia y Bombero
D