Disposición adicional segunda. Promoción de las personas con discapacidad.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 80/2019, de 22 de febrero, por el que se crea la Academia Joven de España y se aprueban sus estatutos. · BOE-A-2019-4359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-27.
Texto consolidado
1. En el Reglamento interno de la Academia se incluirán medidas dirigidas a promover la presencia de personas con discapacidad tanto en los órganos de gobierno como en la comunidad académica.
2. Todos los preceptos de los Estatutos deben interpretarse en el sentido de que la condición académica y los cargos Académicos pueden ser ostentados por personas con discapacidad