Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 739/2021, de 24 de agosto, por el que se dictan disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea relativa a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales y los controles y otras actividades oficiales en dicha materia. · BOE-A-2021-15095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-18.
Texto consolidado
Lo dispuesto en este real decreto no supondrá incremento de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal.
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