Disposición adicional segunda. Eficiencia de los procesos estadísticos.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 69/2015, de 6 de febrero, por el que se regula el Registro de Actividad de Atención Sanitaria Especializada. · BOE-A-2015-1235
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-11.
Texto consolidado
En aras de la eficiencia de los procesos estadísticos y con el fin de disminuir la carga de las unidades informantes el órgano responsable del registro integrará y utilizará los datos de la operación estadística número 30123 «Estadística de Centros Sanitarios de Atención Especializada» en los análisis sobre el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud.