Disposición adicional segunda. Incumplimiento de obligaciones.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores. · BOE-A-1999-9938
Atención: Real Decreto 664/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Real Decreto será constitutivo de infracción a los efectos de lo dispuesto en la Ley 40/1979, de Régimen Jurídico de Control de Cambios.
Más artículos de Real Decreto 664/1999
- ← Disposición adicional primera. Normativa aplicable al funcionamiento de la Junta de Inversiones Exteriores.
- → Disposición adicional tercera. Régimen de autorización previa a las adquisiciones de inmuebles de destino diplomático…
- Ver la norma completa: Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores.