Disposición adicional segunda. Instrucciones generales del Fiscal General del Estado.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 634/2014, de 25 de julio, por el que se regula el régimen de sustituciones en la carrera fiscal. · BOE-A-2014-7967
Atención: Real Decreto 634/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Fiscal General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en este real decreto y de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la disposición adicional cuarta de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, podrá dictar instrucciones de carácter general en relación con la organización y gestión de las sustituciones, los criterios de actuación de las fiscalías así como con el contenido de las propuestas de adopción de medidas de apoyo o refuerzo.
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