Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 590/2024, de 25 de junio, por el que se crea el Museo Cajal. · BOE-A-2024-12864
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-27.
Texto consolidado
Los gastos derivados de la creación y funcionamiento del museo serán atendidos con cargo a los créditos presupuestarios de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., y del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, sin que los mismos precisen de dotaciones adicionales.