Disposición adicional segunda. Colaboración con el Ministerio de Economía.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT). · BOE-A-2000-21833
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-09-24.
Texto consolidado
(Derogada)
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