Disposición adicional segunda. Nivel orgánico de los puestos de trabajo.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1746/2003, de 19 de diciembre, por el que se regula la organización de los servicios periféricos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y la composición de los órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión. · BOE-A-2004-618
Atención: Real Decreto 1746/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El nivel orgánico de los puestos de trabajo que integran la nueva estructura creada por este real decreto se establecerá en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo de las Direcciones Territoriales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y en las plantillas orgánicas de las Gerencias de Atención Sanitaria y del Centro Nacional de Dosimetría de Valencia, sin que, en su conjunto, se produzca incremento de los costes de personal.
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