Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural. · BOE-A-1991-28791
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-11-29.
Texto consolidado
El otorgamiento y aplicación de la garantía del Estado para las obras de la colección Thyssen-Bornemisza se efectuará en los términos previstos en el contrato suscrito entre el Reino de España y «Favorita Trustees Limited», y autorizado por Real Decreto 1525/1988, de 16 de diciembre, que establece las condiciones para la instalación en España de la parte principal de la colección Thyssen-Bornemisza.
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