Disposición adicional segunda. Competencias compartidas.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento. · BOE-A-2000-16127
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-30.
Texto consolidado
Las competencias de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y de la Subsecretaría respecto de los entes y sociedades del sector público de ellas dependientes se ejercerán sin perjuicio de las que puedan corresponder a otros Departamentos de acuerdo con la normativa vigente.
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