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Real Decreto Derogada

Disposición adicional segunda. Acceso a las bases de datos del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos. · BOE-A-2009-14790

Atención: Real Decreto 1409/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino facilitará el acceso al Registro General de establecimientos en el sector de la alimentación animal, previsto en el artículo 4 del Real Decreto 821/2008, de 16 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos y se establece el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal, a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y a otros entes u órganos, en la parte relativa a los establecimientos autorizados para elaborar pienso intermedios medicamentos o piensos medicamentos, para el ejercicio de las respectivas competencias, sin perjuicio de la protección de datos de carácter personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-09-19.

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