El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Obligaciones contables por existencias anteriores a la entrada en vigor del presente reglamento.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 12/2023, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla las normas de control sobre el tabaco crudo y su régimen sancionador. · BOE-A-2023-6732

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-04.

Texto consolidado

Las personas físicas o jurídicas que, conforme a lo dispuesto en este reglamento, tengan obligaciones contables, deberán anotar en su contabilidad las existencias de productos de tabaco crudo que tengan almacenados a fecha de entrada en vigor de este reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-04.

Más artículos de Real Decreto 12/2023

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 12/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.