Disposición adicional segunda. Conciertos de los programas de cualificación profesional inicial.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se esteblecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, así como los Reales Decretos 1834/2008, de 8 de noviembre, y 860/2010, de 2 de julio, afectados por estas modificaciones. · BOE-A-2011-13117
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-31.
Texto consolidado
Las Administraciones educativas podrán concertar, con carácter preferente, la impartición de programas de cualificación profesional inicial con centros privados concertados que impartan la educación secundaria obligatoria, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Estos conciertos asegurarán que las familias no realicen aportaciones económicas.
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