Disposición adicional segunda. Exclusiones.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 1070/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Plan estatal de protección civil ante el riesgo químico. · BOE-A-2012-10653
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-10.
Texto consolidado
Quedan excluidos del ámbito de aplicación del Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Químico todos los supuestos de accidente producidos por cualquier causa, en los que intervengan sustancias o mercancías peligrosas, que tengan lugar en el mar territorial, zona contigua y zona económico exclusiva, que se regirán por su normativa sectorial específica.
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