Disposición adicional segunda. Entidades sin personalidad jurídica y representantes de las personas trabajadoras.
Disposición adicional segunda de la Orden TES/1291/2024, de 13 de noviembre, por la que se regula el Registro Electrónico de apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. · BOE-A-2024-23948
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-02.
Texto consolidado
1. Las referencias que se contienen en esta orden a las personas jurídicas deben entenderse hechas, asimismo, a las entidades sin personalidad jurídica, que solo podrán actuar como personas poderdantes.
2. Las referencias a las personas físicas comprenden, asimismo, a quienes ostenten la representación legal o sindical de las personas trabajadoras.
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