El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Disposición adicional segunda. Regulación para Organismos Autónomos.

Disposición adicional segunda de la Orden PCM/917/2021, de 1 de septiembre, por la que se regula el procedimiento para el pago en el exterior y el pago en divisas de las obligaciones de la Administración General del Estado. · BOE-A-2021-14456

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-04.

Texto consolidado

Las normas y criterios contenidos en esta orden serán de aplicación a los Organismos Autónomos del Estado para el pago de las obligaciones a su cargo, adecuando su realización a su propia estructura administrativa y organización contable y aspectos procedimentales, de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación. No obstante, los pagos en euros a países de la zona SEPA podrán realizarse por el procedimiento ordinario de pagos recogido en la Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-09-04.

Más artículos de Orden PCM/917/2021

En El Vínculo puedes leer Orden PCM/917/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.