Disposición adicional segunda. Adecuación de los programas formativos.
Disposición adicional segunda de la Orden PCI/581/2019, de 24 de mayo, por la que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2019-8074
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-10.
Texto consolidado
El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, desarrollará los cursos pertinentes que proporcionen la formación necesaria conducente a la obtención de la acreditación a los alumnos de formación militar de la escala de oficiales enfermeros de las Fuerzas Armadas, así como la formación complementaria precisa para la aplicación de determinados medicamentos o sustancias terapéuticas de especial complejidad.
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