Disposición adicional segunda. No incremento del gasto público.
Disposición adicional segunda de la Orden EFP/892/2023, de 26 de julio, por la que se establecen convalidaciones entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y determinados títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte y se regula el procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones. · BOE-A-2023-17498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-18.
Texto consolidado
Las medidas incluidas en esta orden no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
Más artículos de Orden EFP/892/2023
- ← Disposición adicional primera. Titulaciones equivalentes.
- → Disposición transitoria única. Resolución de convalidaciones ya iniciadas.
- Ver la norma completa: Orden EFP/892/2023, de 26 de julio, por la que se establecen convalidaciones entre módulos del bloque común de las enseñanzas deportivas y determinados títulos oficiales relacionados con la actividad física y el deporte y se regula el procedimiento para la resolución individualizada de convalidaciones.