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Orden Vigente

Disposición adicional segunda. Implantación de estas enseñanzas.

Disposición adicional segunda de la Orden EDU/1295/2011, de 13 de mayo, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cultivos Acuícolas. · BOE-A-2011-8908

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-24.

Texto consolidado

1. En el curso 2012-2013 se implantará el primer curso del ciclo formativo al que hace referencia el Artículo 1 de la presente Orden y dejarán de impartirse las enseñanzas de primer curso amparadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, correspondientes al título de Técnico en Operaciones de Cultivo Acuícola.

2. En el curso 2013-2014 se implantará el segundo curso del ciclo formativo al que hace referencia el Artículo 1 de la presente Orden y dejarán de impartirse las enseñanzas de segundo curso amparadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, correspondientes al título de Técnico en Operaciones de Cultivo Acuícola.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-05-24.

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