Disposición adicional segunda. Escolarización del alumnado en supuestos de prematuridad extrema.
Disposición adicional segunda de la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las Ciudades de Ceuta y Melilla. · BOE-A-2015-4457
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-22.
Texto consolidado
La flexibilización para la incorporación a un curso inferior al correspondiente por edad se realizará, solo cuando se acceda por primera vez al segundo ciclo de Educación Infantil, en el caso de niños con condiciones de prematuridad extrema, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) El procedimiento se iniciará a solicitud de los padres, madres o tutores legales, dirigida a la persona titular de la Dirección Provincial correspondiente, en la que se comunicará la existencia de la condición de prematuridad extrema o gran prematuridad en el alumno y se solicitará la escolarización según su edad corregida. Esta solicitud irá acompañada de un informe médico que acredite la condición de prematuridad extrema en el alumno.
b) La Dirección Provincial solicitará el informe de la Inspección educativa, que deberá valorar la adecuación del procedimiento al caso y si han sido respetados los derechos del niño y de la familia.
c) A la vista del informe de la Inspección educativa, del informe médico y de la solicitud presentada, la persona titular de la Dirección Provincial deberá autorizar o denegar la escolarización conforme a la edad corregida. Copia de esta resolución deberá quedar recogida en el expediente del alumno.
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- Ver la norma completa: Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las Ciudades de Ceuta y Melilla.