Disposición adicional segunda. Período inhábil para la presentación de candidaturas o celebración de elecciones.
Disposición adicional segunda de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas. · BOE-A-2015-13919
Atención: Orden ECD/2764/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El mes de agosto, así como el período comprendido entre el 20 de diciembre y el 6 de enero y los cinco días hábiles anteriores y posteriores al Jueves Santo no se considerarán hábiles a los efectos de presentación de candidaturas o celebración de votaciones.
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