Disposición adicional segunda. Normas de ejecución para el NC1.
Disposición adicional segunda de la Orden DEF/1153/2020, de 2 de diciembre, sobre la formación y la capacitación, así como el establecimiento de las directrices necesarias para la obtención de la aptitud del personal militar no facultativo en cometidos de apoyo a la atención sanitaria en operaciones. · BOE-A-2020-15597
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-24.
Texto consolidado
En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta orden ministerial, la IGESANDEF aprobará la IT del artículo 7.2.c) de esta orden ministerial. Una vez publicada, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, dispondrán de un plazo máximo de un año para incluir en el programa de instrucción y adiestramiento anual de sus unidades, el módulo para el apoyo a la atención sanitaria (NC1).
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- Ver la norma completa: Orden DEF/1153/2020, de 2 de diciembre, sobre la formación y la capacitación, así como el establecimiento de las directrices necesarias para la obtención de la aptitud del personal militar no facultativo en cometidos de apoyo a la atención sanitaria en operaciones.