Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Orden de 31 de julio de 1991 sobre cesión de valores en préstamo por las Instituciones de Inversión Colectiva y régimen de recursos propios, de información y contable de las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva. · BOE-A-1991-20447
Atención: BOE-A-1991-20447 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para que pueda establecer normas contables especiales aplicables a las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva, con sujeción, en todo caso, a lo previsto en los apartados 1.º a 8.º de la Orden de 26 de julio de 1989, por la que se desarrolló el artículo 86 de la Ley 24/1988, del Mercado de Valores.
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