Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Orden de 24 de noviembre de 1993 por la que se dispone la publicación del Acuerdo sobre asistencia religiosa católica en los Establecimientos penitenciarios. · BOE-A-1993-29646
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-01.
Texto consolidado
Los Sacerdotes no pertenecientes al Cuerpo de Capellanes de Instituciones Penitenciarias que atienden actualmente la asistencia religiosa católica en determinados Centros penitenciarios, en régimen de colaboración, cesarán en sus funciones, pudiendo ser nombrados por los Ordinarios correspondientes, en la forma prevista en el artículo 3.°, dentro del número total de Ministros de Culto que se determina en el anexo I del presente Acuerdo. En todo caso se les respetarán, si los hubiere, sus derechos adquiridos.