Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Orden de 21 de febrero de 2001 por la que se regula la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles humanas. · BOE-A-2001-4093
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-01.
Texto consolidado
La presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 149.1.16.a de la Constitución y de acuerdo con los artículos 8.1; 18.13; 23; 39; 40.12 y 40.13; 112, y disposición adicional segunda de la Ley 14/1986, de 25 abril, General de Sanidad.