Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales. · BOE-A-2022-6451
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-01.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de Navarra para incluir en futuros periodos de planificación una nueva línea de inversión relativa al alumbrado público, dentro del apartado de Programación Local. A tal efecto, se aprobarán los criterios para determinar las obras financiables y el grado de necesidad de la inversión, los porcentajes máximos de financiación, la base de cálculo del importe auxiliable y los límites de aportación por entidad local.