Disposición adicional segunda. Plazos.
Disposición adicional segunda de la Ley Foral 27/2002, de 28 de octubre, reguladora de Consultas Populares de ámbito local. · BOE-A-2002-22651
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-26.
Texto consolidado
Salvo que en ella se disponga expresamente otra cosa, los plazos previstos en esta Ley Foral son improrrogables y, cuando se señalen por días, éstos se entienden naturales.