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Ley Foral Vigente

Disposición adicional segunda. Creación y supresión de unidades orgánicas y programas.

Disposición adicional segunda de la Ley Foral 21/2010, de 13 de diciembre, de Salud Mental de Navarra por la que se establece la estructura orgánica de la Dirección de Salud Mental del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. · BOE-A-2011-401

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-18.

Texto consolidado

La creación y supresión de unidades orgánicas y programas necesarios para el mejor desarrollo funcional de la Dirección de Salud Mental corresponde al Consejero de Salud, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-18.

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