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Ley Vigente

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública. · BOE-A-1993-13437

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-04-21.

Texto consolidado

El personal laboral fijo que se incorpore como funcionario de carrera de la Diputación Regional de Cantabria de acuerdo con el procedimiento previsto en esta Ley se integrará en los diferentes Cuerpos y Escalas atribuidas al puesto de trabajo que estén desempeñando a la entrada en vigor de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo que se aprueben conforme a la disposición transitoria primera.

La referida integración se realizará por resolución del Consejero de Presidencia en el plazo de seis meses a partir de la incorporación de este personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-04-21.

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