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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Aplicación supletoria para la regulación de la situación de segunda actividad.

Disposición adicional segunda de la Ley 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria. · BOE-A-2023-3295

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-05.

Texto consolidado

En lo no previsto en esta ley, y en su normativa de desarrollo, para la regulación de la situación de segunda actividad, será de aplicación lo dispuesto en la normativa reguladora de régimen de personal de la Policía Nacional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-05.

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