Disposición adicional segunda. Establecimiento de un portal de acceso telemático.
Disposición adicional segunda de la Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal. · BOE-A-2015-5744
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-27.
Texto consolidado
En el plazo de nueve meses, se creará en el Registro Público Concursal un portal de acceso telemático en el que figurará una relación de las empresas en fase de liquidación concursal y cuanta información resulte necesaria para facilitar la enajenación del conjunto de los establecimientos y explotaciones o unidades productivas.
Más artículos de Ley 9/2015
- ← Disposición adicional primera. Medidas de saneamiento y procedimientos de insolvencia en situaciones preconcursales.
- → Disposición adicional tercera. Comisión de seguimiento de prácticas de refinanciación y reducción de sobreendeudamiento.
- Ver la norma completa: Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal.