Disposición adicional segunda. De la organización y los recursos del Consejo.
Disposición adicional segunda de la Ley 9/2004, de 7 de diciembre, del Consejo Valenciano de Personas Mayores. · BOE-A-2005-948
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-10.
Texto consolidado
La Conselleria competente en servicios sociales proveerá, con cargo a sus dotaciones presupuestarias, a través de la Dirección General con competencia en materia de personas mayores, los medios personales y materiales necesarios para el correcto funcionamiento del Consejo Valenciano de Personas Mayores.