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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Adecuaciones a las modificaciones de la composición y la adscripción orgánica de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi.

Disposición adicional segunda de la Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi. · BOE-A-2011-18158

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-16.

Texto consolidado

La alteración de la estructura orgánica de la Vicepresidencia del Gobierno que suponga una modificación de la denominación o de las funciones de los órganos correspondientes al secretario o secretaria general de Régimen Jurídico y al director o directora de Desarrollo Legislativo y Control Normativo requerirá que el decreto que materialice dicha alteración concrete los órganos equivalentes.

En todo caso, las personas que desempeñen esas funciones deben ser juristas de reconocida competencia profesional en las materias objeto de la función consultiva de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi y acreditada experiencia en los asuntos públicos o en la docencia e investigación universitarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-12-16.

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