Disposición adicional segunda. Financiación.
Disposición adicional segunda de la Ley 8/2025, de 16 de diciembre, de Universidades Populares de Canarias. · BOE-A-2026-3013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-24.
Texto consolidado
La promoción, fomento y desarrollo de las universidades populares de Canarias podrá ser financiada también con recursos que provengan de entidades, organismos o empresas privadas.