Disposición adicional segunda. Tramitación electrónica y registros informáticos.
Disposición adicional segunda de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5577
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-22.
Texto consolidado
1. La tramitación de los procedimientos administrativos y el cumplimiento de las obligaciones de información contenidos en esta ley se tienen que llevar a cabo por vía electrónica.
2. Los registros regulados en esta ley son públicos. Cualquier persona física o jurídica puede conocer el contenido de las inscripciones practicadas, con las restricciones establecidas por la normativa relativa a la protección de datos personales.