Disposición adicional segunda. Clasificación de los Planes.
Disposición adicional segunda de la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas. · BOE-A-2011-7630
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-30.
Texto consolidado
Los Planes a los que se refiere el artículo 14 de la presente Ley tendrán la clasificación que les corresponda en virtud de la normativa vigente en la materia, la cual deberá constar de forma expresa en el instrumento de su aprobación.
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